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jueves, 1 de septiembre de 2011

PARQUE REGIONAL DE SURESTE 2

Lagunas de Miralrio - Humedal Catalogado-Velilla de San Antonio
FIGURAS DE PROTECCIÓN DEL PARQUE
En esta segunda entrada del Parque me gustaría centrarme en la figura de protección que se adopta para el Parque y la problemática que le afecta.




FICHA TÉCNICA
Nombre: Parque regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama.
Fecha de creación: 26 de Junio de 1994
Características generales:
              - Valles y zonas húmedas del curso bajo del río Jarama.
              - Cortados y cantíles yesíferos.
              - Estepas cerealistas.
              - Importante población de aves.
Extensión: 31.550 hectáreas
Figura de Protección: Parque Regional  (Ley 6/1994), aprobada por unanimidad.
Modificación de Normativa: La Ley 6/1994 ha sido modificada en parte por la Ley 7/2003
             para establecer una nueva zonificación el en Parque.


Zonificación:
             -Zona A: reserva integral - 3% del territorio
             -Zona B: reserva natural - 25% del territorio
             -Zona C: degradada a regenerar - 9,9% del territorio
             -Zona D: explotación ordenada de los recursos naturales - 45,5% del territorio
             -Zona E: con destino agrario,forestal,recreativo, educativo,etc - 11,4% del territorio
             -Zona F: periférica de protección - 5,3% del territorio
             -Zona G: a ordenar por el planeaminento urbanístico.
Otras Figuras de Protección:
             -Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA)
                   "Cortados y Cantiles de los ríos Jarama y Manzanares"
             -Lugar de Interés comunitario (LIC)
                    "Vegas,Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid"
Planificación y Gestión:
            -Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) aprobado por el Decreto 27/1999
            -Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), borrador a Junta Rectora Diciembre 2004.
Términos Municipales afectados: 16
             Aranjuez, Arganda del Rey, Chichón, Ciempozuelos, Coslada, Getafe, Mejorada del
             Campo, pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Martín de la Vega,
             Titulcia, Torrejón de Ardoz, Valdemoro y Velilla de San Antonio.
Eje Fluvial Principal: Río Jarama
Eje Fluvial Secundario: Río Henares, Manzanares y Tajuña.
                                       Arroyos de Anchuelo y Culebro.
Fundamentos de la protección:
              - Zona de alto valor ecológico sometida a importantes presiones por su carácter periurbano.
              - Zonas húmedas y cantíles yesíferos.
              - Zonas de valor paleontológico y arqueológico.
Líneas de actuación ( Originales):
              - Protección de los recursos naturales y actividades tradicionales.
              - Recuperación de paisajes y trabajos propios de la zona.
              - Creación de actividades encaminadas al desarrollo económico de la zona.

Vamos a ver una breve historia de los motivos que llevan a proteger nuestro territorio.
En 1918 se crean los dos primeros espacios naturales protegidos en España ( P. Nac. de Covadonga y P. Nac. de Ordesa y Monte Perdido), en 1987 ya son escasamente medio centenar los espacios protegidos, pero aún la preocupación por la conservación no ha calado en el tejido político de nuestra nación.
La razón de ello no está del todo clara, pero si es a partir de 1987 cuando se da protección a más del 87% de los espacios naturales protegidos legalmente en España y ello se debe al súbito interés administrativo de adquirir competencias por parte de las Comunidades Autonómicas en materia de Medio Ambiente.
En 1984 se aprueba la Ley 4/89 de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, creando un régimen jurídico protector de los recursos naturales adecuado y se comienza a hablar de restauración,mejora y utilización ordenada y sostenible de los recursos y se catalogan los espacios naturales en:
           - Parque ( regional, natural, nacional)
           - Reserva Natural
           - Monumento Natural
           - Paisaje Protegido
En los Títulos I y II de esta Ley 4/89 se introducen dos nuevos instrumentos de planificación y Gestión, los PORN  (Planes de Ordenación de Recursos Naturales) y los  PRUG (Planes Rectores de Uso y Gestión). El PORN es el instrumento básico, general, de ordenación y planificación, y es el primer nivel de protección para asegurar la conservación de los espacios naturales.
El PRUG es el instrumento imprescindible para la protección eficiente de la zona. Con él se intentan garantizar un uso sostenible del medio físico y la puesta en marcha del programa de inversiones. Debería estar elaborado y aprobado antes de la declaración de parque, reserva, etc.
Y es en 1993 cuando se comienza a hablar de proteger un área muy degradada por la acción humana en el Sureste de Madrid.
Realmente es insólito, pues hay que tener en cuenta que en este espacio se encuentran el vertedero municipal de Valdemingomez, el vertedero de residuos sólidos de Pinto y la Fábrica de productos Químicos y ensayos de la Marañosa, además de decenas de graveras y canteras en activo.
Así atraves del Decreto 127/1993 se crea un régimen de protección legal que da el primer paso para la conservación de este área periurbana de Madrid.
En 1994 se aprueba por unanimidad la ley que crearía el Parque Regional en torno a los ejes de los cursos bajos de los ríos Manzanares y Jarama o popularmente PARQUE DEL SURESTE.
En 1997 atraves de una modificación a la Ley 4/1989, la Ley 41/1997 de 5 de noviembre, se establece parte del espacio protegido como Zona de Especial Protección para las aves (ZEPA) de los cortados y cantiles de los ríos Jarama y Manzanares con una extensión de 27.961 Ha, más tarde con la Directiva 92/43/CEE relativa a la Conservación de los Hábitats naturales y de la Flora y Fauna Silvestres para la Red Natura 2000 se considera como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) de las Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste con 51.167 Ha y tras acuerdo con el Convenio RAMSAR de 2 de Febrero de 1971, la Ley 7/1990 de Protección de Embalses y zonas húmedas de la Comunidad de Madrid y el Acuerdo de 2 de Septiembre de 2004 se aprueban la revisión del Catalogo de humedales y se establecen como humedales protegidos:
            - Lagunas de la Presa del río Henares ( Mejorada del Campo)
            - Lagunas del Campillo (Rivas-Vaciamadrid)
            - Lagunas de Velilla ( Velilla de San Antonio)
            - Soto de Juntas ( Rivas-Vaciamadrid)
            - Soto de las Cuevas ( Aranjuez)
            - Lagunas de Cerro Gordo ( San Fernando de Henares)
            - Lagunas del Sotillo y Picón de los Conejos ( Velilla de San Antonio)
ampliando aún más si cabe la figura de protección de este espacio natural.

Ya conocemos el territorio, la figura de protección pero aunque a lo largo de los años se han realizado informes, estudios técnicos y posteriores actuaciones concretas para empezar a recuperar y mantener en el mejor estado la naturaleza que existe y sobrevive en este espacio protegido, aún persisten agresiones graves y notorias que se han de solucionar a corto-medio plazo:

           - Problemas que generan las graveras en activo ( vertido de lodos, polvo, impacto visual,
                    destrucción de riberas y yacimientos arqueológicos, vertido de escombros, ...)
           - Abandono de graveras sin trabajos de restauración
           - Vertidos y escombreras ilegales en ríos, lagunas y campos
           - Empleo masivo de fitosanitarios
           - Deforestación en riberas y monte circundante
           - Sobre pastoreo especialmente en áreas ribereñas
           - Apertura de nuevas pistas y caminos
           - Erosión en especial la frágil zona de los cantiles
           - Presión cinegética y caza ilegal
           - Afluencia masiva a ciertos lugares de interés natural
           - Invasión del territorio por los polígonos industriales
           - Invasión urbanística

Por todo ello debemos replantearnos ya el modelo de protección que deseamos y aplicarlo en profundidad, sin medias tintas ni demoras, porque de ello depende la conservación de este territorio a la puerta de nuestras casas.

Saludos ® 世界公民

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